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LEY DE AUTOGENERACIÓN ELÉCTRICA CON FUENTES RENOVABLES



  • Desde el Capítulo I de la Propuesta de Ley:

    ARTÍCULO 1.- Objeto
    La presente ley tiene por objeto crear el marco normativo para regular la autogeneración eléctrica con fuentes renovables y fortalecer las políticas públicas para incentivar el uso de las energías limpias para autoconsumo en el sector público, sector privado y la ciudadanía en general.
    En cumplimiento de los compromisos adquiridos en los convenios internacionales suscritos por el país y en concordancia al artículo 50 de la Constitución Política, esta ley regula las competencias y responsables para operar, regular y fomentar la autogeneración con fuentes renovables como energía solar fotovoltaica, eólica, biomasa, micro hídrico y mini hídrico.

    Lea el texto completo de la propuesta:
    0_1482277511208_LEY DE AUTOGENERACIÓN ELÉCTRICA CON FUENTES RENOVABLES (1).docx




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