Proyecto de Ley - Reforma Integral de la Ley Orgánica de Asociaciones No. 218 de 8 de Agosto de 1939



  • La reforma presentada a la Ley Orgánica de Asociaciones, Ley N°218, reconoce la importancia del asociativismo, como instrumento de integración en la economía actual, y propone fortalecer actividades asociativas culturales, artesanales, de diseño, agrícolas, de producción y de servicios .

    La propuesta, expediente N°20.559, (VISIBLE A ESTE ENLACE) fue presentada por la diputada del Partido Acción Ciudadana, Marcela Guerrero Campos.

    “Al regular adecuadamente el derecho de asociación, estamos reafirmando una de las bases que hace de Costa Rica un Estado social y democrático de Derecho. Mediante las asociaciones se colabora con la creación de condiciones favorables para que las personas puedan apoyarse y alcanzar el bienestar económico y social en un nivel colectivo” explicó la legisladora.

    Entre los cambios que propone la reforma está el otorgamiento de competencias al Ministerio de Economía, Industria y Comercio en cuanto a la facilitación y apoyo de la actividad asociativa en general. Además, de manera complementaria se abre la posibilidad para que las Municipalidades constituyan Comites Municipales de Asociaciones con el fin de fomentar y constituirse en una herramienta de colaboración entre las administraciones públicas y los diversos emprendimientos asociativos.

    “La reforma también promueve la creación de entes de asesoramiento especializado como el Instituto Nacional de Aprendizaje para las asociaciones de utilidad pública y abrimos la posibilidad de suscribir convenios de colaboración entre las asociaciones y otros actores de la sociedad civil como industriales, comercio y organizaciones empresariales” agregó Guerrero Campos.


    En Resumen se trata de una Reforma Integral a la Ley Orgánica de Asociaciones:

    • Se incluyen como actividades asociativas las culturales, artesanales, de diseño, agrícolas, de producción y de servicios.

    • Se facilita la conformación de asociaciones mediante la reducción del número de miembros para su conformación (de 10 a 7).

    Se incluye la participación del MEIC para:

    • Establecer mecanismos de asistencia y capacitación.

    • Facilitar acceso a financiamiento.

    • Incentivar campañas de divulgación y promoción.

    Se promueve el apoyo y fomento al asociativismo mediante:

    • Convenios de Colaboración entre Gobierno Central, instituciones y gobiernos locales.

    • Creación de comités Municipales de Asociaciones: órganos de consulta, información, asesoramiento y capacitación.




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