Articulo 76



  • El español es el idioma oficial de la Nación. No obstante, el Estado velará por el mantenimiento y cultivo de las lenguas indígenas nacionales.


    (Así adicionado por el artículo 2 de Ley No.5703 de 6 de junio de 1975 y posteriormente reformado por el artículo 1º de la ley N° .7878 de 27 de mayo de 1999)




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